Tipos de Divorcio- Culposo- Común Acuerdo-Unilateral

by abogados

En Chile existen tres tipos de divorcios vincular a la luz de la Ley 19.947 o “Ley de Matrimonio Civil”, los cuales son los siguientes:

Divorcio Culposo:

El divorcio culposo se encuentra establecido en el artículo 54 de la Ley de Matrimonio Civil, y es aquel demandado por uno de los cónyuges por falta imputable al otro, siempre que constituya una violación grave de los deberes y obligaciones que les impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que torne la vida en común intolerable.

Ahora bien, la ley establece algunos hechos que constituirían causal para demandar de divorcio culposo, y estos son por ejemplo:

1)     Atentado contra la vida o malos tratamientos graves contra la integridad física o psíquica del cónyuge o de alguno de los hijos.

2)     Transgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad propios del matrimonio. El abandono continuo o reiterado del hogar común, es una forma de transgresión grave los deberes del matrimonio.

3)     Condena ejecutoriada por la comisión de alguno de los crímenes o simples delitos contra el orden de las familias y contra la moralidad pública, o contra las personas, que involucre una grave ruptura de la armonía conyugal.

4)     Conducta homosexual.

5)     Alcoholismo o drogadicción que constituya un impedimento grave para la convivencia armoniosa entre los cónyuges o entre éstos y los hijos.

6)     Tentativa para prostituir al otro cónyuge o a los hijos.

Plazo: No existe plazo mínimo para demandar de divorcio culposo

Divorcio de Común Acuerdo:

La ley establece que el divorcio de común será decretado por el juez cuando ambos cónyuges lo soliciten de común acuerdo y acrediten que ha cesado su convivencia durante un lapso superior a un año.

Los cónyuges deberán acompañar un acuerdo completo y suficiente sobre sus relaciones mutuas y con respecto a sus hijos. El acuerdo será completo si regula todas y cada una de las materias indicadas en el artículo 21 de la Ley 19.947. Se entenderá que es suficiente si resguarda el interés superior de los hijos, procura aminorar el menoscabo económico que pudo causar la ruptura y establece relaciones equitativas, hacia el futuro, entre los cónyuges cuyo divorcio se solicita.

Divorcio Unilateral:

Podrá ser demandado por uno de los cónyuges cuando se verifique un cese efectivo de la convivencia conyugal durante el transcurso de, a lo menos, tres años, salvo que, a solicitud de la parte demandada, el juez verifique que el demandante, durante el cese de la convivencia, no ha dado cumplimiento, reiterado, a su obligación de alimentos respecto del cónyuge demandado y de los hijos comunes, pudiendo hacerlo.

Norma Común al Divorcio Vincular:

La reanudación de la vida en común de los cónyuges, con ánimo de permanencia, interrumpe el cómputo de los plazos.

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JOSE HEREDIA PASTOR March 16, 2010 at 8:01 pm

Señores abogados, necesito me ayuden a solucionar mi problema grave de convivencia, me orienten para lograr armonizar mi vida, mis hijos son adultos profesionales e independientes, mi ex señora trabaja conduciendo un furgon escolar y me exige pension alimenticia. Soy profesor mi sueldo se va en pagar deudas de sus estudios y ella me exige la separacion, pero yo quisiera el divorcio asi se termina todo de una vez. Pueden ayudarme, gracias.

ana March 30, 2010 at 6:20 pm

hola quiero saber que devo hacer para que la casa que estamos viviendo mis hijas y yo pase a nombre de ellas ..ya que yo rescate la casa cuando se iba a remate y yo e pagado los dividendo desde esa fecha..y ademas que el se quedo con el auto..y lo que mas me preocupa es que esta formando otra familia y me parece ingusto que yo y mis niñas nos sacrificamos por pagar el dividendo despues tengan que repartirlo con otros hijos de el…ogala me puedan ayudar

ROCIO July 28, 2010 at 7:52 am

yo hace 23 anos sali de chile y quiero casarme de nuevo que puedo hacer que cuando sali no habia divorcio cual es el mejor tramite nesecito hacerlo lo mas pronto posible GRACIAS POR SU ATENCION

rosa pozas gonzalez August 4, 2010 at 1:11 pm

bns tardes,me tube ke ir de mi casa x vif,y mi ex marido no me paga pencion alimenticia a mis hijos ,¿que debo de aser?yo me kiero separar legalmente de el,es causa justificada la vif,para el divorcio.x ke el nos kiso matar.respondame pronto toy desesperada ya no se ke aser..muxas gracias

¡¿que

maria luisa tena sanchez September 22, 2010 at 12:01 pm

quisiera saber que podemos hacer mi pareja es chilena y llava 8 años en españa y ahora nos queremos casa que puedo hacer para el diborcio de mi marido me gustaria y le agradeceria que me dieran una solucion ya que me urge dasarnos llebamos 6 años junto

fabiola November 18, 2010 at 11:30 am

el caso es el siguiente:mis papas son separados hace 11 años el aun le da pension alimenticia ami madre,pero ahora el se quiere divorciar legalmente ya que tiene otra pareja ,somos tres hijos del matrimonio ya mayores de edad y casados ,mi madre se quedo con la casa porque mi padre se fue de la casa el por decision propia ….mi duda es si se divorcian como queda economicamente ella?el le puede seguir dando una pension o ya no es necesario?

Paulina August 5, 2011 at 4:26 pm

Junto con saludar, mi consulta es la siguiente; estoy separada de hecho hace 2 años , con una pension alimenticia para mi hija, al momento de divorciarnos que acuerdos legales se llegaria, en cuanto a pension de alimentos y os beneficios para mi hija.

carmen veronica August 17, 2011 at 11:20 am

necesito me ayuden hacen dos semanas encontre mi marido con otra en mi propia casa quiero separacion , vender casa., auto, bueno todo dos hijos ya profesionales a quien acudo para comenzar tramites

cecilia andrea molina quijada August 21, 2011 at 11:24 pm

llevo dos años separada de mi ex esposo, esta demandado por pension de alimentos de mis dos hijas menores de 10 y 1 .. yo vivo actualmente con mis padres . el se fue de la casa y ya ha formado otro hogar, pero no quiere tener contacto conmigo ,mi consulta es q yo puedo pedir un divorcio mutuo acuerdo sin derecho de indemnizacion

Catherine November 9, 2011 at 11:15 am

Hola, ojala me puedan ayudar. Estuve casada 3 años. En ese período contraje diversas deudas que pagábamos en común con mi ex marido. De un día a otro tomó sus cosas y se largó donde sus papás. Y no quiere pagarme lo que me adeuda, que casi duplica lo que es mi sueldo actualmente.
No tenemos hijos y nos casamos con bienes separados.
Puedo demandarlo de alguna forma para que me pague lo que me debe?
Puedo solicitar el divorcio por abandonar su hogar y sus obligaciones conmigo?
Gracias!

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