Normativa Aplicable: Artículos 243 y siguientes del Código Civil.
Qué se entiende por patria potestad?
Es el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o madre sobre los bienes de sus hijos no emancipados.
La patria potestad se ejercerá también sobre los derechos eventuales del hijo que está por nacer.
La patria potestad confiere el derecho legal de goce sobre todos los bienes del hijo.
Quién ejercerá la patria potestad?
La patria potestad será ejercida por el padre o la madre o ambos conjuntamente, según convengan en acuerdo suscrito por escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Registro Civil, que se subinscribirá al margen de la inscripción de nacimiento del hijo dentro de los 30 días a su otorgamiento.
A falta de acuerdo al padre corresponderá el ejercicio de la patria potestad.
Si los padres viven separados, la patria potestad será ejercida por aquel que tenga el cuidado personal del hijo
Qué es el derecho legal de goce?
Es un derecho personalísimo que consiste en la facultad de usar los bienes del hijo y percibir sus frutos, con cargo de conservar la forma y sustancia de dichos bienes y de restituirlos, si no son fungibles; o con cargo a devolver igual cantidad y calidad del mismo género, o de pagar su valor, si son fungibles.
Qué bienes se exceptúan del derecho legal de goce?
- Los bienes adquiridos por el hijo en el ejercicio de todo empleo, oficio, profesión o industria (peculio profesional o industrial)
- Los bienes adquiridos por el hijo a título de donación, herencia o legado, cuando el donante o testador ha estipulado que no tenga el goce o la administración quien ejerza la patria potestad; ha impuesto la condición de obtener la emancipación, o ha dispuesto expresamente que tenga el goce de estos bienes el hijo.
- Las herencias o legados que hayan pasado al hijo por incapacidad, indignidad o desheredamiento del padre o madre que tiene la patria potestad.
- El goce sobre las minas del hijo se limitará a la mitad de los productos y el padre que ejerza la patria potestad responderá al hijo de la otra mitad.
Se pueden vender o gravar los bienes raíces del hijo sujetos a patria potestad?
No se pueden vender ni gravar en caso alguno los bienes raíces del hijo, aun pertenecientes a su peculio profesional o industrial, ni sus derechos hereditarios, sin autorización del juez con conocimiento de causa.
Qué es la emancipación?
Es un hecho que pone fin a la patria potestad del padre, madre o ambos, según sea el caso y, puede ser legal o judicial.
Cuándo se efectúa la emancipación legal?
- Por la muerte del padre o madre, salvo que corresponda ejercitar la patria potestad al otro.
- Por el decreto que da la posesión provisoria, o la posesión definitiva en su caso, de los bienes del padre o madre desaparecido, salvo que corresponda al otro ejercer la patria potestad.
- Por el matrimonio del hijo.
- Por haber cumplido el hijo 18 años de edad.
Cuándo se efectúa la emancipación judicial?
- Cuando el padre o madre maltrata habitualmente al hijo, salvo que corresponda ejercer la patria potestad al otro.
- Cuando el padre o madre ha abandonado al hijo.
- Cuando por sentencia ejecutoriada el padre o madre ha sido condenado por delito que merezca pena aflictiva, aunque recaiga indulto sobre la pena, a menos que, atendida la naturaleza del delito, el juez estime que no existe riesgo para el interés del hijo, o de asumir el otro padre la patria potestad.
- En caso de inhabilidad física o moral del padre o madre, si no le corresponde al otro ejercer la patria potestad.
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